miércoles, 9 de octubre de 2013


Muchas son las acepciones que se derivan del término comunidad y de las tantas existentes seguidamente presentaré algunas de ellas que nos vienen de la Real Academia Española:
Conjunto o asociación de personas o entidades con intereses, propiedades u objetivos comunes: comunidad de vecinosBienes o derechos que son propiedad de varias personas:comunidad de bienes.
Forma de vida en común, basada en la existencia de bienes comunes.
Cualidad de lo que es común o perteneciente a varios.

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